Hacienda comienza a devolver los 2.000 millones de euros que calcula que debe reintegrar
La Comisión Europea permite al Gobierno que devuelva sólo una parte del ‘céntimo sanitario’ que declaró ilegal del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), dado que la devolución íntegra de lo cobrado indebidamente supondría incumplir la directiva comunitaria que fija el tipo mínimo del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), conocido como ‘céntimo sanitario’.
La Justicia europea dictaminó en febrero de 2014 que el ‘céntimo sanitario’ -el impuesto sobre los carburantes que aplicaban algunas comunidades autónomas vulneraba la legislación comunitaria, y consideró que no se podía limitar en el tiempo los efectos de la sentencia porque el Gobierno español no actuó de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante una decada.
Esta resolución abrió un plazo para que los usuarios pudieran reclamar la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011, según las estimaciones que las propias autoridades españolas remitieron a Bruselas.
Sin embargo, la cantidad que finalmente se devolverá (alrededor de 2.000 millones de euros) será muy inferior a la recaudada, después de que el pasado mes de marzo, el Ministerio de Hacienda remitiera una consulta a la Comisión Europea sobre las posibles consecuencias que podría suponer para España la ejecución de la sentencia en aquellos supuestos en los cuales la devolución íntegra de dicho impuesto situara los niveles de imposición en materia de hidrocarburos por debajo de los mínimos exigidos por la directiva europea que regula la fiscalidad energética.
Bruselas respondió a mediados de septiembre y aclaró a España que no se oponía al criterio de que devolviese únicamente las cantidades recaudadas que superen el nivel mínimo de imposición fijado por dicha directiva comunitaria.
Prescripción de los plazos
Otro de los datos aportados es que la cantidad a devolver también es muy inferior a los citados 13.000 millones recaudados durante los años en los que estuvo en vigor el ‘céntimo sanitario’, dado que no todo se podrá devolver, ya que, una parte ya esta prescrita.La devolución se hará a quienes lo reclamen y presenten las debidas facturas que justifiquen el pago y después de las pertinentes comprobaciones de la Agencia Tributaria.